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Juzgado de Familia ordena retener la cuota alimentaria a un deudor a través de la factura de CALF
El fallo emitido por el juzgado de familia, a raíz del requerimiento presentado por la Defensora Pública Civil 5, Verónica Berzano, busca garantizar el derecho alimentario y de crianza.
En diálogo con Radio Universidad Calf, la defensora explicó que la propuesta fue presentada luego de iniciar múltiples intervenciones y requerimientos que fueron incumplidos en forma sostenida por el progenitor. "La última estrategia fue buscar a este agente de retención que es Calf, sabiendo que existe un medidor a nombre del señor y que esta deuda, que estaba cuantificada en 7 JUS, se abonará de forma concomitante con ese pago".
"Lo ideal es que, ante una cuota alimentaria, se cumplan en debido tiempo y forma porque es el alimento básico para el niño", dijo Berzano y definió que por ´alimento´ se entienden "todas las prestaciones integrales, en toda la cobertura que un niño tiene, para que crezca con el goce de sus derechos".
La defensora sostuvo que "los papás y mamás no deberían llegar a tener estas noticias combinatorias para algo que es básico". En tanto que, por otro lado, advirtió que "muchas veces cuando se dejan de reproducir círculos de violencia con la separación una forma de continuar ejerciéndola es no abonando la cuota alimentaria".
Berzano lamentó que la justicia deba recurrir a este tipo de herramientas y reflexionó que se trata de "medidas extremas con el objetivo de asegurar el pago". En este sentido, indicó que cuando se exige el cumplimiento de estas obligaciones se está hablando de "solidaridad familiar" lo que incluye "tareas de cuidado, de crianza compartida de los hijos, de absorber en común las obligaciones, de coparentalidad y de corresponsabilidad".
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