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Cada vez más condenados por delitos de lesa humanidad acceden a la domiciliaria. La salud como excusa

enredando.org.ar
08 October, 2025 , Sin comentarios

En la última semana de septiembre el Tribunal Oral Federal N° 6 otorgó la prisión domiciliaria al represor Raúl Guglielminetti, condenado por delitos de lesa humanidad en más de una causa, incluida La Escuelita de Neuquén, en donde se juzgaron los crímenes cometidos en la última dictadura militar, en esta región. El mismo beneficio ya fue habilitado a la mayoría de los condenados por estos delitos en todo el país.

Adriana Taboada es Psicóloga, integró el Movimiento Solidario de Salud Mental y la Comisión de Memoria, Verdad y Justicia de la Zona Norte, también es perito en los juicios de Lesa Humanidad y ha realizado peritajes a represores que solicitan la prisión domiciliaria. En una entrevista para Radio UNCo Calf analizó los argumentos de los que se valen los jueces y juezas para otorgar la oportunidad estos condenados de cumplir la condena en sus hogares y desarticuló que se trate por motivos de salud.

La profesional explicó que, si bien la legislación argentina establece que una persona privada de la libertad a partir de los 70 años puede obtener determinados beneficios hasta completar su condena, el avance de la vejez como único argumento no basta. Es así que, describió se además se debe temar en cuenta cuestiones como la "situación humanitaria" en la que permanece alojado o la presencia de patologías que le impidan una vida autónoma. Taboada sostuvo que este "no es el caso".

En el mismo sentido, la psicóloga distinguió que, por un lado, la cárcel donde se concentran los condenados por delitos cometidos durante la dictadura de 1976 se encuentra en perfectas condiciones de habitabilidad; y por otro, cuestionó: "hay una decisión del juez o jueza de otorgar la domiciliaria que no tiene que ver con cuestiones de salud".

"Si los jueces quieren enviar a alguien, un condenado imputado a su domicilio, que argumenten y sostengan esa argumentación sin usar como excusa la salud, porque estas patologías que tienen en general estos condenados pueden ser tratadas en la cárcel", apuntó. Asimismo, describió los motivos por los cuáles la vejez en sí misma no es una enfermedad ni implica discapacidad.

La perito identificó un cambio de actitud en las definiciones que dicta el Poder Judicial respecto de las personas condenadas por Lesa Humanidad, en particular, las vinculadas a la extensión del beneficio de prisión domiciliaria. Sostuvo que esto se comenzó a observar con la presidencia de Mauricio Macri y que "se ha ido sosteniendo" hasta la actualidad.

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