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Así lo determinó el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Neuquén, al declarar «inadmisible» la impugnación extraordinaria presentada por el abogado del médico Guillermo Focaccia (Juan Manuel Coto), donde la defensa se oponía a la participación de las víctimas en calidad de querellantes.
Navia Kubatov, abogada representante de las victimas, recordó que el médico llega a juicio acusado de «abuso sexual» en reiteradas oportunidades, de las que fueron víctimas dos hermanas, y quienes se presentan ante la Justicia como parte acusadora.
Asimismo, remarcó que la definición de los jueces genera un antecedente: «a partir de ahora, en caso de que los juicios sean anulados, otras victimas que no se hayan presentado como querellantes particulares podrán hacerlo».